Sobre el comunal andaluz y su ausencia en la obra de Blas Infante

Describe y analiza con acierto E. Álvarez en Nacionalismo y Revolución. El Estado Nación y el paradigma de la Revolución Integral el proceso de construcción ideológica y fáctica del estado español capitalista, especialmente a partir del siglo XVIII, en el que queda patente la aportación de la intelectualidad a tal acontecimiento. Ello nos ha sugerido reflexionar sobre el pensamiento histórico, político y filosófico de Blas Infante, ideólogo del andalucismo a partir del tercer lustro del siglo XX hasta su asesinato en el verano de 1936, y actual referente/símbolo institucional de la Junta, sucursal del estado español en Andalucía.

En el prólogo y el estudio introductorio al libro de Infante La verdad sobre el complot de Tablada y el Estado libre de Andalucía, editado en 2017 por el Centro de Estudios Andaluces, sus redactores, A.M. Rodríguez y S. Cruz, admiten que el mensaje infantiano tuvo escasa repercusión entre los trabajadores del campo. No obstante, no proceden al escrutinio -ni tan siquiera mención- de las causas de tal desconexión entre el hoy “padre de la patria andaluza” y la gente corriente. A nuestro juicio son las que siguen:

1- Distorsión del pasado de las sociedades del sur peninsular, de la andalusí de forma sobresaliente; y omisión de las transformaciones civilizatorias altomedievales acontecidas en los territorios ibéricos no islamizados;

2- Adhesión a las categorías de progreso, productividad y riqueza material, constituyentes de la cosmovisión ilustrada, liberal y burguesa, y extrañas a las nociones de bienes comunales, convivencia y reciprocidad propias del mundo rural tradicional;

3- Filia al enemigo tradicional del Pueblo, el Estado, que desea federal, con relegación de la asamblea como institución auténticamente democrática. Su regionalismo andalucista es una variante de nacionalismo españolista; y

4- Desprecio de las clases populares, de su autonomía y dignidad para ser por sí mismas, manifestado en un elitismo paternalista que se arroga legitimidad para redimirlas de una pretendida indigencia moral y material.

Veamos el punto 2.

‹‹No existe otro medio de conseguir el expresado fin sino que el Estado ponga la tierra a disposición de todos y que perciba una renta justa por su uso››. ‹‹Se trata, pues, de un simple problema de distribución de la tierra, cuya solución hará independiente y rico al pueblo andaluz››. B. Infante en Ideal andaluz.

M. González concluyó hace años que ‹‹el resultado más importante del repartimiento fue la constitución de un grupo numeroso y consistente de pequeños y medianos propietarios››, tras analizar el caso de Sevilla, el mejor documentado y el más representativo del conjunto regional.[1]

Además una parte de la tierra se destinará para uso y aprovechamiento común. Esta práctica se mantiene para el Reino de Granada en la segunda mitad del siglo XVI.[2]

Citemos algunos ejemplos.

  1. Pérez-Embid sostiene que la mayor parte de la comarca de la Sierra (Huelva) estuvo integrada –desde la repoblación hasta el final del Antiguo Régimen- por tierras comunales. Proporciona una relación de cuarenta y tres espacios de propiedad comunal para los siglos XV-XVI en las villas de Aracena, Almonaster, Cortegana, Aroche y Encinasola, ubicándolos en un mapa de elaboración propia.[3]

El vasto alfoz de Jerez de la Frontera se constituyó tras la conquista bajomedieval en tres cuartas partes, aproximadamente, en tierras concejiles y baldías. Aún a mediados del siglo XVIII, según el Catastro del Marqués de la Ensenada, documento que permite analizar la economía y sociedad del Antiguo Régimen, algo más de la mitad de la superficie del patrimonio territorial del concejo jerezano era aprovechado comunalmente.[4]

También sobre la mayoría de los terrenos de Antequera predominó el disfrute libre y gratuito de los aprovechamientos durante gran parte del periodo que transcurre desde los comienzos del siglo XV hasta finales de la centuria decimonónica. E igualmente, a mediados del siglo XVIII encontramos que casi el 60% del territorio de dicha ciudad continúa siendo de propiedad comunal.[5]

La desarticulación contemporánea de la propiedad comunal en los municipios de Zújar, Freila y Cúllar, pertenecientes a la comarca de Baza, ha sido analizada por A. Ortega. Los derechos sobre el monte fueron otorgados en pro indiviso a los titulares de las suertes de población en el siglo XVI como algo anejo y constitutivo de las mismas, las cuales incluían, por tanto, tierras de regadío y de secano, vides, moreras, frutales y parcelas de monte.[6]

En la Sierra de Segura regirá a raíz de la conquista un sistema de mancomunidad al que se le atribuirán los aprovechamientos totales de sus bosques. El grupo humano es retratado por E. de la Cruz, tras examinar la realidad económica, política y social testimoniada en las Ordenanzas de 1580 de esta comarca jiennense, como ‹‹una comunidad de hombres libres que labraban la madera a golpe de hacha, con sencillos y eficaces artes hidráulicos, la conducían en carretas o navegaban sobre ella cientos de kilómetros. Que pastaban sus ganados y exportaban las pieles y la lana (cuya saca no tenía límite alguno), hacían sus quesos y cultivaban la morera para seda, los pequeños huertos en las veguillas de los ríos y arroyos y las tierras mejores en los llanos y en los valles, cazaban y pescaban libremente fuera de veda, porque era del común››.[7]

Ya durante los siglos bajomedievales comenzará un proceso que será trascendental en la historia rural andaluza: las intervenciones y privatizaciones en tierras comunales y baldías.[8]

Como vimos, durante el reinado de Alfonso XI la estructura de los concejos experimentará una radical mutación al ser sustituida la asamblea general de vecinos por un concejo reducido al que pasan con carácter permanente todas las atribuciones de aquélla:

‹‹Las reformas municipales de Alfonso XI, que pretendían una mayor intervención de la Corona en los concejos, favorecieron la conquista del gobierno ciudadano por el patriciado urbano. Esto desembocaría durante el siglo XV en la vinculación de la gran mayoría de los oficios del concejo a determinados linajes, consolidándose de esta manera su carácter oligárquico››.[9]

Esta imposición fue aceptada sin mayores dificultades en los concejos de los reinos cordobés y sevillano.[10] Sí hubo resistencia en el Alto Guadalquivir, en lugares como Úbeda, Arjona o Baeza, donde la asamblea de vecinos existió durante el siglo XIII y primera mitad del siglo XIV:

‹‹Frente a los diferentes ataques a derechos tan elementales [participación en el gobierno de los asuntos públicos, uso comunal de las tierras], las capas populares andaluzas no permanecieron resignadas e impasibles. Protagonizaron, por el contrario, movimientos de protesta y resistencia, llegando a menudo a formas de dura violencia››.[11]

La transición del concejo abierto al concejo cerrado es señalada por J. PérezEmbid:

‹‹Cuando Alfonso X, en 1266, confirmaba a los pobladores de Aracena la integridad de su término municipal se dirigía a un concejo abierto, el formado por los recién llegados (eran “moradores”, aún no “vecinos”) que, reunidos en el atrio de la iglesia del castillo, deliberaban de qué manera organizar su subsistencia comunitaria […] se pasó de esa estructura horizontal, que decidía de forma asamblearia, al “Regimiento” u órgano colegiado››.12

El cual ya es una realidad consolidada a principios del siglo XV.

Pero ello debió suceder únicamente en las villas. No en las entidades poblacionales menores. Para R. Recio:

‹‹Poseyeron estos lugares recién repoblados un fuerte carácter comunitario, familiar y endogámico […] Su modo de regirse no debió andar lejos de las asambleas que formaban en la Alta Edad Media las comunidades de labriegos […]. Así, en tanto que lugarejos, carecieron hasta prácticamente el siglo XVI, los más afortunados, de una organización concejil como la que ya se tipificaba a las villas en la época de la conquista y formación del alfoz sevillano››.[12]

O para M. Fernández, Cuevas de San Marcos (provincia de Málaga) ‹‹se trataba de una comunidad bastante igualitaria, ya que era usual el cabildo abierto, esto es, la reunión de todos los vecinos y la toma de decisiones en común››.[13]

Aquel patriciado urbano será el autor de la mayoría de las incautaciones de bienes y derechos comunales que se produjeron durante el siglo XV. En Sevilla y su alfoz las tierras abiertas de aprovechamiento común fueron las que más sufrieron las usurpaciones. Sobre caminos, aguas, dehesas concejiles, ejidos e Islas Mayor y Menor también se produjeron apropiaciones ilegítimas. El impedimento del derecho comunal de la derrota de mieses fue asimismo un delito común. La Campiña fue la región que más soportó el fenómeno usurpador. El Aljarafe y la Ribera, de riqueza y desarrollo agrícolas, padecieron importantes invasiones en las tierras de aprovechamiento comunal. El reducido término de la ciudad sufrió numerosas usurpaciones. La Sierra fue objeto en menor medida de pérdidas de terrenos comunales.[14]

Así pues, la aniquilación del poder político-militar popular en el siglo XIV con el Ordenamiento de leyes de Alcalá, dentro del proyecto de la Corona de retornar al orden social godo-romano, donde los procedimientos democráticos estaban ausentes, será el más decisivo golpe que sufra la propiedad comunal.[15]

En Ideal andaluz Infante describe su programa para el campo. Se apresura, en sintonía con la intelectualidad ilustrada y liberal, a vincular el desarrollo de la agricultura al progreso de Andalucía, pues ésa es su vocación, la de su jornalero, quien, considerado desde el economicismo y el fisiologismo, malvive mísero y hambriento, tratado como bestia, sustentando sólo instintos e insolidaridad, a merced de los propietarios terratenientes. La causa número uno de la decadencia andaluza es la acumulación de la propiedad privada de la tierra en muy pocas manos; la solución: que el Estado la redistribuya, sin dejar de indemnizar a los propietarios, e inyecte dinero para generar una clase media campesina, ‹‹económicamente libre con todas las necesidades fisiológicas satisfechas››, que viene a ser lo mismo que decir un ‹‹plantel de modestos capitalistas››, base para ‹‹la redención del pueblo andaluz››. Infante omite que quien garantiza por las vías jurídica y represiva la tenencia privada del terrazgo es el Estado, que, en efecto, lo llevaba haciendo por medio de la Guardia Civil desde mediados de la centuria decimonónica. Por lo demás, no se opone a la formación de grandes capitales y a que inmensas fortunas vengan a explotar el suelo que resulte vacante… Da por sentado que ‹‹no nos servirían para el caso esos sistemas de colectivismo››.

Es por ello que buscaremos en vano en la obra del notario de Casares un abordaje histórico o antropológico de los bienes comunales en la ruralidad andaluza.

En relación a la desamortización llevada a cabo por el estado liberal, cuya ley de 1855 tiene vigencia hasta 1924, Infante señala que ‹‹apenas si ha venido a hacer cambiar de mano las inmensas posesiones no fraccionadas›› y que aquel expolio sustrajo bienes al ‹‹patrimonio nacional››, lo que permitió crear ‹‹una insolente aristocracia burguesa››. Pero el patrimonio era de los vecinos, no de la Nación. Además la cuestión de fondo no puede ser esquivada: la desarticulación del comunal y de la ética relacional y de reciprocidad a ellos inherente fue una de las operaciones esenciales incluidas en la estrategia ofensiva del Estado durante la contemporaneidad para dominar a la población campesina, requisito previo e imprescindible antes de relanzarse, español y capitalista, a la competición internacional entre potencias. El mundo rural continuaba siendo  mayoritario a principios del siglo XX, desafecto a la modernidad y poseedor de una cosmovisión propia sobre el ser humano y la vida que antagonizaba con la de las clases mandantes[16].

Asimismo Infante silencia que es a consecuencia de la Reforma Agraria Liberal, y no antes, cuando se originan la conflictividad, la resistencia y la protesta social, que en Andalucía adquieren una intensidad y violencia superiores al resto del país, según A.M. Calero en Movimientos sociales en Andalucía (1820-1936). Las reivindicaciones campesinas no demandaban el reparto de la tierra, sino que exigían la restitución de los comunales enajenados. En dicho libro se reproduce un fragmento, esclarecedor, de “El obrerismo andaluz enjuiciado por sus dirigentes”, rubricado por la Agrupación socialista de Sevilla en 1911:

‹‹El desinterés de los obreros andaluces por “las reivindicaciones económicas” está motivado en parte, desde luego, por su ignorancia, y en parte también porque, identificados con el terruño y todo cuanto a él se refiere, sus amores, más o menos confesados o vagos, están en el restablecimiento de los antiguos derechos, abolidos o usurpados, relacionados con las tierras comunales, aprovechamientos, etc.››.

A regañadientes y con desprecio hacia las clases populares, al parecer no lo suficientemente envilecidas aún por la fijación en lo monetario[17], se han de reconocer los hechos. En efecto, la recuperación del patrimonio comunal era uno de los ejes de la lucha campesina, ya que las gentes de la ruralidad para su subsistencia habían dependido no sólo del dinero ‹‹sino también de los ingresos en especie que solían conseguir con la cría de ganado doméstico, de los pastos comunes y de la derrota de mieses, de la recogida de leña y fabricación de carbón vegetal, con la recolección de plantas comestibles y medicinales, la caza, las extracciones de madera y piedra, etc. Todo ello había sido posible de manera gratuita gracias al régimen comunal que había otorgado derechos de uso y aprovechamiento a los vecinos de los pueblos, sobre bienes tanto públicos como privados››.[18]

Mencionemos algunos datos que avalan la importancia cuantitativa de los bienes comunales en la historia de la Andalucía rural:

  • En la región andaluza, la venta de tierras baldías, ordenada bajo el reinado de Felipe II (1556-1598), originó la mayor riqueza pecuniaria para la Corona, casi el 50% de los ingresos, junto a la efectuada en los Campos de Zamora y Valladolid y las tres provincias centrales de Toledo, Madrid y Guadalajara.[19]
  • Según el catastro de Ensenada, a mediados del siglo XVIII el “común” era el mayor propietario de Andalucía, con el 22% de la tierra.[20]
  • Desde 1876 hasta 1911 la Guardia Civil –con funciones de guardería de montes y policía rural- registra más de 145.000 denuncias en toda Andalucía en los montes públicos. El uso tradicional de éstos había pasado a considerarse “delito” o “fraudulento”, y su administración y gestión a encomendarse a los ayuntamientos. Sin olvidar que ‹‹una parte significativa de la conflictividad se había dado en los montes privados››.[21]
  • En el contexto de la Ley de Reforma Agraria de 1932 se formularon más de 1100 reclamaciones de devolución de bienes comunales para el estado español. Aproximadamente 180, en torno al 16% del total, corresponden a la región andaluza, sólo rebasada por Castilla y León (27%). Existieron 3 focos de demanda de rescate: el valle medio del Ebro, el cuadrante sud-occidental peninsular (Extremadura y provincias de Cádiz y Huelva), y la zona penibética (centrada en la provincia de Granada). En las provincias de Ciudad Real, Córdoba, Toledo y Sevilla la privatización de los montes existentes en 1859 superó el 70%, si bien la incidencia de reclamaciones fue menor.[22]

No obstante, hemos de poner el acento en la esencia de la institución comunal, que viene dada por su naturaleza ‹‹meta-económica y civilizatoria›› (F. Rodrigo), así:

‹‹[los] vínculos comunitarios, basados en la fuerza de las relaciones familiares, de vecindad, de amistad y cooperación, de ayuda mutua, estuvieron tan arraigados en muchas zonas de Andalucía y en determinados periodos de nuestra historia reciente que lograban difuminar las fronteras entre jornaleros y pequeños propietarios o cultivadores, establecidas por una definición que hacía hincapié en las relaciones de producción casi con exclusividad. La posesión de terrenos y derechos en común para el aprovechamiento de la comunidad solía fundamentar materialmente la fuerza de tales vínculos››.24

La cosmovisión infantiana se encontraba en las antípodas de todo ello.

En consecuencia, y siguiendo a H. George, economista norteamericano, y su sistema fisiocrático, Infante propugna la sustitución absoluta del propietario por el poseedor, quien deberá cultivar o explotar del mejor modo sus terrenos y tributar el valor o renta de los mismos ‹‹en las oficinas recaudatorias››. Lo que convierte al Estado en nuevo latifundista. Tal fórmula permitiría el incremento de la producción, de los salarios y de la capacidad adquisitiva, así como dotar al Estado de ‹‹recursos suficientes para satisfacer las necesidades públicas››[25]. A través de cajas rurales, un banco regional agrario, subvenciones estatales, instituciones de crédito… se facilitarían ‹‹las compras colectivas de semillas, plantaciones, abonos, maquinaria, etc.››. El ‹‹desenvolvimiento intenso›› de la agricultura[26] había de hacerse extensivo a ‹‹todas las fuentes de prosperidad material››.

Será bajo el franquismo cuando la agricultura andaluza se capitalice, mecanice y modernice.[27] En torno a un mismo fin, que es posible compendiar mediante la expresión “El Estado debe serlo Todo y el Pueblo Nada”, se agruparon ilustrados, liberales, regeneracionistas, militares, monárquicos, republicanos…, de forma implícita o explícita, con un conjunto de medidas y procedimientos, desde la imposición de tributos hasta el derramamiento de sangre, pasando por el sufragio universal, el derecho positivo, el salariado o el renegar de sí mismo, a ir aplicando hasta quebrar la oposición de la comunidad popular rural y, con ella, su modo de vida, que languidece entre 1950 y 1970.

 

comunales acaecida durante el siglo XIX, especialmente la habida tras la aplicación de la ley de desamortización civil de 1855, ya citada.

  • La historia de Andalucía a debate. Tomo I. Campesinos y jornaleros, Manuel González de Molina (editor).
  • Acometer grandes obras de utilidad regional, p. ej., de irrigación, por parte del Estado es asimismo visto con muy buenos ojos. El dirigismo estatal y el desarrollismo preconizados por Infante son exponentes de la influencia de Joaquín Costa en su pensamiento.   mediante la expresión “El Estado debe serlo Todo y el Pueblo Nada”, se agruparon ilustrados, liberales, regeneracionistas, militares, monárquicos, republicanos…, de forma implícita o explícita, con un conjunto de medidas y procedimientos, desde la imposición de tributos hasta el derramamiento de sangre, pasando por el sufragio universal, el derecho positivo, el salariado o el renegar de sí mismo, a ir aplicando hasta quebrar la oposición de la comunidad popular rural y, con ella, su modo de vida, que languidece entre 1950 y 1970.

JF

[1] En torno a los orígenes de Andalucía. La repoblación del siglo XIII, Manuel González Jiménez.   

[2] La tierra comunal en Andalucía durante la Edad Moderna, Antonio Miguel Bernal Rodríguez.

[3] Aracena y su Sierra: la formación histórica de una comunidad andaluza (siglos XIIIXVIII).

[4] Privatización y apropiación de tierras municipales en la Baja Andalucía. Jerez de la Frontera, 1750-1995, José Ignacio Jiménez Blanco.

[5] De apropiaciones y privatizaciones: el patrimonio territorial del concejo de Antequera (siglos XV-XIX). Apropiación y privatización de tierras municipales en Andalucía: tres ejemplos malagueños (1750-1855), Mercedes Fernández Paradas.

[6] Formas de propiedad y gestión de los montes públicos: la desarticulación de la propiedad comunal en la comarca de Baza, siglos XVIII-XX.

[7] El régimen de montes de Segura (siglos XIII al XIX).

[8] Sobre la génesis medieval de la identidad andaluza, Miguel Ángel Ladero Quesada.

[9] Usurpaciones de tierras y derechos comunales en Sevilla y su “tierra” durante el siglo XV, María Antonia Carmona Ruiz.

[10] Historia de Andalucía, Antonio Domínguez Ortiz (director).

[11] Movimientos sociales en Andalucía durante la Baja Edad Media. Notas para su estudio, José Rodríguez Molina.

[12] Aracena y su Sierra…

[13] Antropología de la Sierra de Huelva: aproximación a su sistema simbólico.

[14] Fuentes para el estudio de las tierras municipales: el patrimonio territorial del concejo de Antequera (siglos XV-XIX).

[15] Usurpaciones de tierras…

[16] Revolución en la Alta Edad Media hispana (inédito), Félix Rodrigo Mora.

[17] Consultar Investigación sobre la II República española (1931-1936), Félix Rodrigo Mora.

[18] Durante 1971-1983, periodo en que principiaba nuevamente la conflictividad social, el Estado a través del empleo comunitario (que situaba a los sindicatos en una posición privilegiadamente burguesa) y posteriormente del sistema PER/REASS (subsidio agrario) con los gobiernos del PSOE en Andalucía y Extremadura, consigue que los trabajadores depositen en él sus expectativas de mejora de las condiciones vitales. El resurgido movimiento campesino es neutralizado. Si bien concluye C. Anula en El mercado, el estado y la familia. Las relaciones  laborales en la Andalucía rural que la subsidiación no fue ‹‹masiva›› en Andalucía, el fenómeno en su ‹‹significación cualitativa›› supuso, a nuestro juicio, un paso más en el retroceso civilizatorio que es la contemporaneidad, al establecerse la preferencia del bienestar a la libertad, la dignidad y la lucha por un orden superior.

[19] La cuestión agraria en la historia de Andalucía. Nuevas perspectivas, Manuel González de Molina (coordinador).

[20] La venta de tierras baldías: el comunitarismo agrario y la corona de Castilla durante el siglo XVI, David E. Vassberg.

[21] En Poder, economía y sociedad en el sur. Historia e instituciones del capitalismo andaluz, Carlos Arenas Posadas.

[22] Privatización del monte y protesta social. Un aspecto desconocido del movimiento campesino andaluz (1836-1920), Francisco Cobo Romero, Salvador Cruz Artacho y Manuel González de Molina.

[23] Esperanzas de rescate. Pugnas en torno a los derechos de propiedad comunal en los montes españoles, 1931-1936, Iñaki Iriarte Goñi y José Miguel Lana Berasain, elaborado a partir de “Reclamaciones sobre bienes comunales clasificadas por provincias. Catálogo general”, ubicado en el Archivo Iryda. La mayoría de las reclamaciones se relaciona con la privatización de bienes comunales acaecida durante el siglo XIX, especialmente la habida tras la aplicación de la ley de desamortización civil de 1855, ya citada.

[24] La historia de Andalucía a debate. Tomo I. Campesinos y jornaleros, Manuel González de Molina (editor).

[25] Acometer grandes obras de utilidad regional, p. ej., de irrigación, por parte del Estado es asimismo visto con muy buenos ojos. El dirigismo estatal y el desarrollismo preconizados por Infante son exponentes de la influencia de Joaquín Costa en su pensamiento

[26] La agricultura popular tradicional es igualmente arrinconada por el “padre de la patria andaluza”. La tesis doctoral Ecología e historia del olivar andaluz. Un estudio socioambiental de la especialización olivarera en el sur de España (17502000), Juan Infante Amate, revela el buen hacer del pequeño y mediano propietario en los pueblos de Castilleja de la Cuesta (Sevilla), Baena (Córdoba) y Montefrío (Granada), que hacía del olivar un “agroecosistema”: de la aceituna tratada en la almazara se obtenían turbios y borras para elaborar jabón, aceite para iluminación y para usos industrial y comestible, y orujo para alimentar a los cerdos de los que se empleaba su carne para consumo humano. La poda del olivo ofrecía leña y varetas a utilizar como combustible, y hojas para sustentar las cabras, que proporcionaban leche, junto a las ovejas. Éstas se nutrían de la cubierta vegetal del olivar, a la cual fertilizaban con la colaboración de puercos y caprinos.

[27] Entre los rasgos y males de la agricultura andaluza industrializada se pueden señalar: fuerte especialización productiva (frutas, hortalizas y olivar, en Huelva, Almería y Jaén); incremento del regadío, situándose principalmente en la cuenca del Guadalquivir, hasta 1/3 de la superficie cultivada (en la región peninsular que presenta una menor disponibilidad de agua); desaparición de gran parte de las explotaciones inferiores a 20 has, especialmente las menores de 5 has, y mayor concentración de la tierra en aquellas que superan las 50 has; y orientación creciente de los tres citados cultivos a su venta en mercados exteriores. El monocultivo olivarero, mecanizado, químico y dependiente de las subvenciones de la PAC, ocupa 1/3 de los cultivos en Andalucía; es costoso e ineficiente; a él se vinculan procesos erosivos. En los invernaderos de Almería se localiza más de la mitad de la producción hortícola de Andalucía; esta agricultura bajo plástico explota de forma intensiva los recursos naturales… y a los trabajadores asalariados, básicamente inmigrantes; siendo además una gran consumidora de agua, generadora de residuos y de contaminación. Ver La cuestión agraria en la historia de Andalucía. Nuevas perspectivas, Manuel González de Molina (coordinador).